Noticia de: El Litoral (www.ellitoral.com)
«¡Es Ley! Santa Fe es la primera provincia del país en contar con su Ley de #AcciónClimática. La normativa que regula la acción del @GobSantaFe, municipios y comunas para adaptar los territorios y mitigar los efectos del Cambio Climático». Fue en la noche del lunes el Twett de la ministra de Ambiente y Cambio Climático, Erika Gonnet. El pronunciamiento en red fue a los pocos minutos que la Cámara de Diputados hiciera ley un proyecto que viene de la anterior composición del cuerpo y que fuera reformado por el Senado. En el medio, la participación de la propia ministra Gonnet, de las universidades públicas de la provincia y de fundaciones como Nueva Generación.
La sanción de la norma que establece el marco normativo provincial «para el enfrentamiento de los efectos adversos del Cambio Climático, con el alcance dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional, y las prescripciones de la Ley Nacional 27520 sobre «Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global», llegó a menos de tres horas del cierre del período Ordinario de sesiones. Si no se aprobaba en esa reunión, perdía estado parlamentario.
La carátula del proyecto tiene como autora a la radical Stella Maris Yacuzzi que terminó su mandato como diputada en diciembre del año pasado. En Diputados, el pedido de votarlo sobre tablas lo hizo el demoprogresista Gabriel Real quien también venía trabajando sobre la temática desde 2016. Dos bloques políticos se negaron a validar el tratamiento sobre tablas: Juntos por el Cambio y Somos Vida y Familia. Julián Galdeano y Nicolás Mayoraz marcaron que el Senado había aplicado numerosos cambios y que era necesario analizar detenidamente el proyecto, Después Mayoraz anunció que su bloque votó en contra.
La primera votación en Diputados fue el pasado 8 de octubre con los dictámenes de tres comisiones que trabajaron en base a los proyectos de Yacuzzi y de Real. En el Senado, hubo un trabajo de varias semanas donde se conjugaron iniciativas propias como la de Lisandro Enrico (UCR – General López), el mensaje del Poder Ejecutivo así como notas con iniciativas de las Universidades Nacional del Litoral y de Rosario y de la Fundación Nueva Generación Argentina (FNGA) que preside Diego Sueiras. Precisamente por gestión de la Fundación dos semanas atrás hubo un encuentro virtual entre senadores santafesinos y legisladores de California para compartir experiencias sobre las necesidades en la legislación ambiental. El Senado reformó el proyecto de Diputados, votó por unanimidad el texto y lo giró a Diputados que lo hizo ley.
Alcances
Los objetivos específicos de la ley son establecer las estrategias, medidas, políticas e instrumentos relativos al estudio del impacto, la vulnerabilidad y las actividades de adaptación al cambio climático que puedan garantizar el desarrollo humano y de los ecosistemas; asistir y promover el desarrollo de estrategias de mitigación y reducción de gases de efecto invernadero; crear el Plan Provincial de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático que defina las estrategias provinciales más allá de las propuestas en la ley nacional; y, reducir la vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales ante el cambio climático, protegerlos de sus efectos adversos y aprovechar sus beneficios.
La aplicación de la norma estará en manos del ministerio de Ambiente y Cambio Climático que coordinará la Comisión Provincial de Cambio Climático de carácter permanente, entre cuyas funciones estará articular entre la propia Administración Pública Provincial y sus distintas áreas de gobierno, políticas públicas relacionadas con la materia. Además habrá un consejo asesor con científicos, expertos e investigadores de reconocida trayectoria sobre los diversos aspectos interdisciplinarios del cambio climático; y, representantes de organizaciones ambientales, universidades, entidades académicas y empresariales, y centros de investigación públicos y privados.
La norma determina la obligación de conformar un plan provincial de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático que deberá actualizarse en un plazo no mayor de cinco años. El plan deberá contemplar, entre otras cosa, la utilización progresiva de energías renovables y la consecuente reducción gradual de emisiones de GEI, con plazos, metas concretas y escalonadas por medio de la adopción de un conjunto de medidas orientadas a la reducción del consumo, eficiencia y autosuficiencia energética y la utilización de energías compatibles con los ciclos de la naturaleza así como para desarrollar métodos y herramientas para evaluar los impactos, la vulnerabilidad, y permitir la adaptación al cambio climático en los diferentes sectores socio-económicos y sistemas ambientales de la provincia.
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