En una resolución judicial inédita que muestra los primeros resultados de la flamante unidad de Delitos Ambientales del Ministerio Público de la Acusación (MPA), el dueño de una empresa desagotadora fue condenado a tres años de prisión condicional y a una reparación económica de 300 mil pesos destinados a un centro de salud. Es que la firma descargaba efluentes cloacales e industriales a través de una conexión clandestina que conectaba a una boca de tormenta, y hacía pasar por la cañería pluvial del barrio Las Flores que desemboca en el arroyo Saladillo. La sede de la compañía está a 100 metros de donde derramaba el material contaminante.
La causa judicial que tramitó la unidad de Delitos Ambientales del MPA no registra antecedentes hasta el momento en relación al resultado y la penalización de conductas que atentan contra el medio ambiente. La investigación, que demandó varios meses, comenzó luego de una denuncia de vecinos de Las Flores cansados de aspirar olores nauseabundos.
Al mismo tiempo, la Municipalidad de Rosario ya venía fiscalizando a la empresa por algunos incumplimientos, por lo cual motorizó la investigación. También se sumó un grupo de concejales a partir de una serie de estudios y relevamientos que realizó la Universidad Nacional de Rosario (UNR) con toma de muestras, más allá de las que había hecho la Fiscalía.
A partir de allanamientos y diversas medidas, los fiscales Matías Ocariz y Pablo Lanza lograron determinar que la empresa Los Pinos SRL directamente conectó un caño de PVC clandestino de unos 100 metros que iba desde su centro operativo, ubicado en Caña de Ambar al 1723, hasta la boca de tormenta del desagüe pluvial de España y la colectora de Circunvalación Juan Pablo II, en portal del ingreso al barrio Las Flores.
El contenido que colectaban los camiones cisterna de la firma en los distintos trabajos de destape y desagote (pozos ciegos, pilotes de obras, cámaras sépticas, sótanos o fosas, como se promociona en su página web) se desechaban por ese caño hasta las cañerías del sistema pluvial, y a través de ese conducto -que recorre una parte de barrio- terminaba en las aguas del arroyo Saladillo.
Según la pesquisa, se probaron al menos dos hechos imputables a Sergio Edgardo Pino, socio gerente y administrador de la firma “Los Pinos SRL”. El primero el 17 de julio de 2019 a las 18.45, y otro similar ocurrido el 26 de septiembre de 2019 a las 13.
Los fiscales, en el acuerdo de juicio abreviado donde el acusado admitió los hechos, describieron que en ambos casos realizó la “descarga de efluentes cloacales e industriales valiéndose de un camión, tipo semirremolque, color blanco, a través de la conexión clandestina desde el inmueble de Caña de Ambar al 1700 desde donde se realizaban las descargas a través del caño de PVC, que se conectaba a la boca de tormenta de la ochava de calle España y Juan Pabo II”.
Graves daños a la salud
Se determinó que los desechos “iban al canal pluvial con residuos peligrosos que pueden causar daño directa o indirectamente a seres vivos, contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente, ya que acarrean contenidos infecciosos, sustancias o desechos con microorganismos viables, sus toxinas con agentes que puede causar enfermedades para las personas, y tóxicos venenosos agudos con sustancias que hasta pueden causar la muerte, lesiones graves o daños a la salud humana si se ingieren, inhalan o entran en contacto con la piel”.
Por eso el empresario fue acusado de haber “adulterado y contaminado de un modo peligroso para la salud el curso de agua superficial, y el suelo de canal abierto de desagüe pluvial que se ubica paralelo al talud norte de Circunvalación, que continúa por calle España hacia el sur, pasa nuevamente paralelo a Circunvalación, continua por debajo de los barrios Las Flores y San Martín sur, y desemboca en Arroyo Saladillo.
Condena y reparación
En una audiencia que se celebró en el Centro de Justicia Penal (CJP), el juez de primera Facundo Becerra homologó el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía y aceptado por la defensa de Pino, y lo condenó a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y reglas de conducta por los delitos de “contaminación del ambiente de un modo peligroso para la salud de las personas en carácter de autor, y en grado consumado.
El condenado deberá además cumplir ciertas reglas de conducta, como fijar residencia, someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia Pos Penitenciaria de Santa Fe; y reparación económica de 300 mil pesos en beneficio del centro de salud Julio Maiztegui, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; y no cometer nuevos delitos ni tener o portar cualquier tipo de armas incluidas las armas blancas de utilería.
El fiscal Ocariz explicó La Capital que la particularidad del caso está dada “por la conexión clandestina permanente a la boca de tormenta, el peligro para la salud de los vecinos, los múltiples inconvenientes que causó con desechos peligrosos y olores muy fuertes en el barrio, además de la contaminación importante sobre el arroyo Saladillo”.
Además, valoró que para los vecinos del barrio resultó muy importante la respuesta judicial a través de la condena, pero también la reparación económica. “Están muy contentos con el dinero, porque el centro de salud tienen necesidades muy puntuales que ahora van resolver”, sostuvo.
Junto al fiscal Lanza están al frente desde hace dos años de la unidad de Delitos Ambientales, que al día de hoy tramita unos 50 legajos, la mayoría referidos a la problemática de la contaminación, pero también por tenencia de fauna silvestre para comercialización.
Un caso ejemplificador
Desde la Secretaría de Ambiente y Espacio Público de la Municipalidad saludaron la resolución judicial. El titular del área, Diego Leone, recalcó que “es ejemplificador porque aplica una sanción al gerente de la empresa por haber dañado el medio ambiente, basado sobre la ley 24.051 de residuos peligrosos”.
El funcionario explicó que «el caso llegó a la Justicia luego de que el municipio evaluara y fiscalizara a la empresa tomando muestras de efluentes que volcaba a una zanja, y eso no se puede, porque tienen que se tratados. Por eso se hizo la denuncia en la Fiscalía”.
“El fallo es importante. Dañar el medio ambiente es un perjuicio para la ciudad y todos sus habitantes. Desde Fiscalización y la secretaría de Ambiente y Espacio Público estamos continuamente controlando a las empresas y a las industrias para que esto no suceda, y si sucede, hay consecuencias. Trabajamos en el respeto por las normas, en general y particular para cada industria”, recalcó Leone.